Solo tres partidos cumplieron con registro de personas de la comunidad LGBTTTIQ+

PAN, PRI, PRD, MAS y “Juntos Hacemos Historia en Quintana Roo” solicitaron una nueva modificación del plazo establecido para cumplimiento a las acciones afirmativas contenidas en los criterios aplicables para el registro de personas de la comunidad LGBTTTIQ+, pero les fue negado

Chetumal. – El Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en Sesión Extraordinaria con carácter de urgente atendió la solicitud presentada por la ciudadana María del Rocío Gordillo Urbano y los ciudadanos Juan Manzanilla Lagos, Emmanuel Torres Yah, Alfredo Francisco Villaseñor Rodríguez y Héctor Rosendo Pulido González, representante suplente del PAN, representante propietario del PRI, representante propietario del PRD, representante propietario del partido MAS y representante de la coalición “Juntos Hacemos Historia en Quintana Roo” respectivamente, de modificación del plazo para dar cumplimiento a las acciones afirmativas contenidas en los criterios aplicables para el registro de personas de la comunidad LGBTTTIQ+ para las candidaturas a las diputaciones locales por los principios de mayoría relativa y representación proporcional para el Proceso Electoral Local 2021-2022.
Lo anterior, luego de que el 31 de marzo, a las 13:45 horas, las representaciones de los partidos y la coalición presentaron un oficio ante la Oficialía de Partes de este Instituto, solicitando una nueva modificación del plazo establecido (Acuerdo IEQROO/CG/A-083-2022) para el cumplimiento de la acción afirmativa en comento, ahora solicitando, hasta el último minuto del día martes 05 de abril, del presente año.
Cabe señalar que para atender la solicitud que nos ocupa, primeramente, se debe mencionar que fueron tres institutos políticos que dieron cumplimiento a la presentación de sus solicitudes de registros de personas de la comunidad LGBTTTIQ+, ellos son: MORENA para diputación de representación proporcional; PVEM para diputación de representación proporcional y Movimiento Ciudadano para la fórmula de diputación de mayoría relativa y de representación proporcional, todos presentaron sus propuestas el día 28 de marzo del año en curso.
En ese contexto, se explicó que atender la solicitud en los términos en que fue presentada por los partidos y coaliciones, es decir aprobar una “modificación del plazo para el cumplimiento de la acción afirmativa en comento, hasta el último minuto del día martes 05 de abril, del presente año.”, como se desprende en su escrito, implicaría el transcurso de 20 días únicamente como fecha de presentación de su solicitud, sumando los días que solicita para el análisis de la documentación de dicha solicitud por parte de la Dirección y los otros dos día más para atender, en su caso, los requerimientos, estarían transcurriendo 24 días desde la emisión de la citada sentencia.
De ahí que, como se ha precisado anteriormente, aprobar dicho periodo de tiempo sería contrario a los plazos brevísimos que la autoridad jurisdiccional argumentó en el expediente SX-JDC-62/2022, aunado, además, al ejercicio democrático que los tres partidos políticos referidos han realizado para el cumplimiento de las acciones afirmativas para la comunidad LGBTTTIQ+, lo que implicaría un vicio en cumplimiento del principio de equidad de la contienda, pues implicaría favorecer a quienes aún no ha previsto lo necesario para dicho cumplimiento, entendiendo que será con base a la auto organización y autodeterminación de los propios partidos políticos que pueda cumplimentarse la acción afirmativa que nos ocupa.