Realiza Profepa “operativo en Holbox”; impone 21 clausuras

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) realizó, del 20 al 23 de marzo de
2018, un “Operativo en Isla Holbox”, para verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental
en diversos predios y proyectos dentro del Área Natural Protegida (ANP) con carácter de Área de
Protección de Flora y Fauna denominada “Yum Balam”, en la Isla de Holbox, municipio de Lázaro
Cárdenas, Quintana Roo.
En este período se realizaron un total de 34 acciones, 17 en materia forestal y 17 por impacto
ambiental, de las que derivaron la imposición de 16 Clausuras Totales Temporales y 5 Clausuras
Parciales Temporales;  además se levantaron 7 actas circunstanciadas de visita ocular, 2 actas no
verificativas por la no existencia de las construcciones denunciadas en las coordenadas referidas; y
se llevaron a cabo 2 recorridos de prospección a proyectos.
En el operativo tuvo por objeto verificar que las obras y actividades de competencia federal que se
desarrolla en la isla, cuenten con las autorizaciones que para tal efecto otorga la Secretaría de
Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Para el desarrollo de las acciones de inspección se contó con la participación de 19 inspectores
federales de ROFEPA; de ellos tres de la Dirección General de Inspección y Vigilancia Forestal; tres
de la Dirección General de Impacto Ambiental y Zona Federal Marítimo Terrestre y 13 más de su
Delegación en el estado de Quintana Roo.
Asimismo, participaron en el operativo tres Guardaparques de la Comisión Nacional de Áreas
Naturales Protegidas (CONANP), pertenecientes a dicha ANP.
Cabe precisar, que todas las clausuras se impusieron para evitar que se continuara poniendo el
riesgo los recursos naturales presentes en el ecosistema costero, ante la falta de implementación
de medidas para mitigar o prevenir los impactos generados por las obras y actividades
inspeccionadas, al no contar con las respectivas autorizaciones de  Cambio de Uso de Suelo en
Terrenos Forestales y de Impacto Ambiental que expide la SEMARNAT.
Los predios y proyectos que se verificaron, se localizan en un ecosistema costero con presencia, en
algunos de ellos, de vegetación de manglar representado por las especies mangle botoncillo
(Conocarpus erectus), mangle negro (Avicennia germinans), mangle blanco (Laguncularia
racemosa) y mangle rojo (Rhizophora mangle).
Asimismo, con presencia de vegetación de duna costera caracterizada por vegetación halófila
costera y vegetación de matorral costero conformada principalmente por palma chit (Thrinax
radiatta).
Las especies de mangle  y palma chit, se encuentran enlistadas en la Norma Oficial Mexicana
NOM-059- SEMARNAT-2010, en la categoría de especies amenazadas.
El realizar actividades de Cambio de uso de Suelo en Terrenos Forestales sin contar con la
autorización emitida por la SEMARNAT, están consideradas como infracciones al artículo 163,
fracción VII de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; de igual manera el realizar
cualquier tipo de obras o actividades que puedan causar desequilibrio ecológico, sin contar con la
autorización de SEMARNAT, en materia de Impacto Ambiental de conformidad con el artículo 28,
fracción VII.
Por lo anterior los presuntos responsables podrán hacerse acreedores a multas que van de 100 a
20,000 veces las Unidades de Verificación vigentes y ser obligados a realizar las actividades de
restauración del sitio afectado, independientemente de las sanciones penales que resulten.
Con estas acciones la PROFEPA fortalece su compromiso de garantizar la conservación, protección
y el cuidado del medio ambiente; mediante las actividades de inspección y vigilancia, para verificar
el cumplimiento de la normatividad ambiental aplicable a los desarrollos inmobiliarios turísticos
costeros.